El Derecho Internacional Humanitario ante los nuevos conflictos armados.Varios Autores (C Ramón, ed.), Valencia, Tirant lo Blanch, 2002 por Javier de Lucas El noble empeño del Derecho Internacional Humanitario, que va más allá del mero ius in bello, pues trata de garantizar un mínimo de respeto a las exigencias de la dignidad humana en el supuesto extremo de la guerra, una apuesta arriesgada que algunos consideran un oximoron, ha de enfrentarse hoy a desafíos de enorme entidad. La crudeza con la que asistimos en estas semanas a un debate acerca de la necesidad de la guerra podría relativizar el interés de contribuciones como las que ofrece este libro, fruto de la ya larga colaboración entre Cruz Roja española y el grupo de profesores de Derecho internacional de Valencia que dirige Consuelo Ramón, organizadores de las Jornadas de Derecho Internacional Humanitario en las que participan especialistas de diferentes ámbitos: la Universidad, las Fuerzas Armadas, el Centro de Derecho Internacional Humanitario de Madrid y el CICR de Ginebra. Y sin embargo, quien se preocupe por conocer los argumentos de fondo en torno al escenario de Irak, obtendría buenos elementos de juicio a partir de las 10 aportaciones que contiene el libro. En efecto, una de las piezas clave de la discusión en torno a la estrategia desplegada por la administración Bush II, es el debate sobre el desarme en relación con nuevas armas de destrucción masiva y en concreto, las biológicas, cuyo uso no se limita a conflictos armados, sino que da lugar a lo que ya conocemos como bioterrorismo. A ese respecto, por ejemplo, el trabajo de Perez Salom desnuda el doble lenguaje de los EEUU, al poner de relieve su oposición a los mecanismos de verificación del Convenio de Armas Biológicas, hasta el punto de paralizar su revisión, debido a su rechazo al Protocolo de verificación, una postura sostenida no sólo por la administración Bush, sino también por la de Clinton. Doble lenguaje también a la hora de exigir el desarme de los contrarios, pero no el de los aliados (Israel). El mismo doble rasero, ese virus letal para la legalidad y legitimidad internacionales, es puesto de relieve con agudeza por Antonio Remiro a propósito de la intervención en Kosovo y de la evolución de la función y de las relaciones asumidas por la ONU y la OTAN a partir del “golpe de comunidad internacional” asestado por la OTAN el 23 de marzo de 1999. En realidad, como escribe el profesor de la Autónoma de Madrid, la contradicción del recurso a la guerra en defensa de la paz (mayor cuando menor es el empeño en agotar las vías de la diplomacia y el Derecho), es difícilmente salvable: “la predicación de los derechos humanos y la injerencia armada mal llamada humanitaria no es compatible con la práctica de la antropofagia, adopte o no formas sofisticadas”. Qué duda cabe que una parte de la complejidad se debe a la aparición de nuevas guerras, como han señalado entre otros Kaldor o Ramonet. Alberto Herrero ofrece en su contribución un clarificador análisis sobre cómo el deterioro medioambiental puede estar en el origen de esos nuevos conflictos, tal y como subrayaba un informe del Secretario General de la ONU en abril de 1998, en relación con la multiplicación de enfrentamientos bélicos en el continente africano. Nuevas guerras que aparecen también como conflictos internos, en particular en los restos del naufragio de la antigua Unión Soviética. Ese es el ámbito que estudia Blanc Altemir, a propósito de los problemas planteados en Georgia por las reclamaciones de Abjasia y Osetia del Sur, un excelente trabajo que une además el interés de analizar el papel de las organizaciones internacionales distintas de la ONU en esos conflictos , como la OSCE, la UE o la OTAN. Conflictos en los que la función de las fuerzas armadas desplegadas bajo mandato de la ONU y la inclusión de otras fuerzas con funciones muy diversas de las tradicionales, como por ejemplo las de policía, plantea interrogantes para los que aún no tenemos criterios claros, tal y como desvelan Alvarez Veloso y Martínez Guillem. Pero también sitúan a las fuerzas de mantenimiento de paz ante dilemas para los que no encuentran respuesta adecuada, como ejemplifica Pozo Serrano a propósito de los dramas de Rwanda, Haití, Somalia y, sobre todo por su proximidad, Sbrenica, que provocarían un decaimiento del mandato de peace keeping. Desfallecimiento aún más comprensible si pensamos en el papel de las fuerzas bajo mandato de la ONU en ese extraño protectorado en que parece haberse convertido Afganistán. Frente a esas incertidumbres, el avance que supone el estatuto de la Corte Penal Internacional aprobado en Roma es evaluado por Pignatelli, en su munucioso trabajo sobre la tipificación de los crímenes de guerra en ese sustantivo avance del derecho internacional. Con todo, es evidente que junto a los nuevos conflictos permanecen otros, casi eternos, al decir de Bastenier y Ramonet, y entre ellos es clave el de Israel. De esa vieja guerra se ocupa Romualdo Bermejo en unas páginas que junto a la polémica –incluso a la provocación- reúnen sólidos argumentos y un novedoso enfoque del problema desde la perspectiva del Derecho internacional humanitario, presididas por tanto por el afán de proteger a todas las víctimas. Probablemente lo que nos enseñan todos estos problemas es la necesidad de revisar a fondo la noción misma de seguridad humana, que es el objetivo propuesto por la editora del libro, Consuelo Ramón. El concepto de seguridad humana es mucho más amplio que lo que sostiene la clásica concepción hobbesiana, y por eso los riesgos para la seguridad y la paz se amplían, lo que exigiría que se ampliasen también los instrumentos y las competencias, siempre bajo el control del Derecho internacional. Una exigencia que se hace más apremiante aún tras la deriva securitaria producida por los atentados terroristas del 11 de septiembre de 2001, que corre el riesgo de devenir en autoritaria y debilitar los cimientos del Estado de Derecho y de la democracia. ____________________
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